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Otraforma Transparencia
Transparencia salarial
La transparencia salarial mantenida en el tiempo.
Qué es
La transparencia salarial mantenida en el tiempo: criterios retributivos, bandas, información a la plantilla y a candidatos, y seguimiento de la brecha. Es prepararse para cuando se trasponga la Directiva (UE) 2023/970.
Para quién
- Empresas que quieren estar preparadas para cuando se trasponga la Directiva (UE) 2023/970.
- Puedes empezar por Otraforma Diagnóstico, aunque no es obligatorio.
Qué incluye y entregables
Qué incluye
- Análisis de cómo se retribuye hoy frente a los factores que marca la Directiva: competencias, esfuerzo, responsabilidad y condiciones de trabajo.
- Criterios retributivos por escrito, acordados con la representación legal de las personas trabajadoras cuando la haya (art. 4.4 de la Directiva).
- Información a la plantilla y a candidatos.
- Seguimiento de la brecha y preparación para los informes de la Directiva.
Entregables
- Agrupación de puestos de igual valor y valoración por factores.
- Estructura retributiva con bandas por nivel y reglas de encuadre.
- Análisis de diferencias por categoría y plan de corrección.
- Política salarial y de progresión documentada.
- Protocolo de información salarial: modelo de solicitud, modelo de respuesta, aviso anual y calendario de plazos.
- Guía de selección: modelo de oferta con banda, pautas de entrevista y revisión de anuncios y nombres de puestos.
- Cuadro de indicadores de brecha según el art. 9.
- Plan de comunicación y sesión de formación para mandos y selección.
- Calendario de seguimiento anual.
Cómo trabajamos
- Punto de partida. Partimos de tu registro retributivo, del Otraforma Diagnóstico si ya lo tienes y de las descripciones de puesto. Con ellos agrupamos los puestos que hacen un mismo trabajo o un trabajo de igual valor.
- Valoración de puestos con factores objetivos. Valoramos cada puesto con criterios objetivos y neutros respecto al sexo: competencias, esfuerzo, responsabilidad y condiciones de trabajo (art. 4.4 de la Directiva). Si hay representación legal de la plantilla, los criterios se acuerdan con ella.
- Estructura retributiva y bandas. Diseñamos las bandas salariales por nivel, con todos los conceptos: salario base, complementos y retribución variable. También fijamos las reglas para encuadrar a cada persona en su banda.
- Igual retribución por un trabajo de igual valor. Comparamos la retribución media de mujeres y hombres en cada categoría. Identificamos las diferencias que no tienen una justificación objetiva y proponemos cómo corregirlas antes de que la norma lo exija. La Directiva obliga a una evaluación conjunta con la representación legal cuando la diferencia es del 5 % o más, no está justificada y no se corrige en seis meses (art. 10).
- Política salarial y de progresión. Documentamos cómo se fija el salario y cómo se progresa: los criterios, los niveles y los pasos de uno a otro. Queda escrita con una lógica que cualquier persona de la plantilla pueda entender y consultar fácilmente (art. 6).
- Derecho de información de la plantilla. Preparamos cómo se pide y se responde la información salarial. Cada persona puede pedir por escrito su nivel retributivo y la media, desglosada por sexo, de quienes hacen su mismo trabajo o uno de igual valor, y la respuesta llega en un plazo máximo de dos meses. Incluimos el aviso anual de este derecho, la revisión de las cláusulas que impiden hablar del propio salario y formatos accesibles para personas con discapacidad (arts. 7 y 8).
- Selección y ofertas de empleo. Revisamos el proceso de selección para que cada candidato conozca la retribución o la banda inicial y, si se aplica, el convenio. Esa información va en la oferta o antes de la entrevista. Comprobamos que no se pregunte por el salario anterior y que los anuncios y los nombres de los puestos sean neutros (art. 5).
- Indicadores de brecha. Preparamos los indicadores que pide la Directiva: brecha media y mediana, brecha en complementos y variables, proporción de mujeres y hombres con variable y por cuartil, y brecha por categoría (art. 9). Los primeros informes vencen el 7 de junio de 2027 para las empresas de 150 o más personas y en 2031 para las de 100 a 149.
- Comunicación y formación. Presentamos el sistema a la plantilla y a su representación legal. Formamos a mandos y a selección para explicar las bandas y responder preguntas con criterio.
- Seguimiento anual. Revisamos cada año las bandas, las diferencias por categoría y las solicitudes recibidas, y actualizamos el sistema.
La herramienta lee, valora y propone. Una persona decide.
Marco legal en breve
- Directiva (UE) 2023/970: el plazo de transposición venció el 7 de junio de 2026 sin norma española. Hoy no hay obligaciones nuevas en España: nos preparamos para cuando se trasponga.
- Hay un proyecto de real decreto, de 3 de agosto de 2026, que modifica el RD 902/2020 para trasponer en parte la Directiva. Está en tramitación y puede cambiar.
- Primeros informes de brecha: a más tardar el 7 de junio de 2027 para empresas de 150 o más personas, y en 2031 para las de 100 a 149.
- Mientras tanto, rige el Real Decreto 902/2020.
Ver un ejemplo
Cómo una empresa de 180 personas (datos ficticios) pasa de «cada salario se decidió en su momento» a bandas por nivel y brecha explicada.
Los tres servicios, juntos
El guion
Otraforma Puestos
Describe y valora los puestos y define los grupos profesionales. Es la base sobre la que se comparan los salarios.
La película
Otraforma Transparencia
Transparencia salarial en el tiempo: criterios y bandas, información a la plantilla y a candidatos, seguimiento de la brecha y preparación para los informes de la Directiva (UE) 2023/970.
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